El Tribunal Supremo ha dictado dos sentencias recientes (29 de octubre y 3 de noviembre) que suponen un cambio importante en la interpretación del Impuesto sobre el Patrimonio (IP). Hasta ahora, la doctrina administrativa impedía que los contribuyentes no residentes pudieran beneficiarse del límite a la cuota íntegra previsto en el artículo 31 de la Ley del IP. Este límite establece que la cuota máxima a pagar no puede superar el 60% de la base imponible del IRPF, siempre que la reducción no exceda el 80% de la cuota inicial.
Este impuesto grava el patrimonio neto de las personas físicas cuando se superan determinados umbrales. Los residentes fiscales en España deben declarar la totalidad de su patrimonio mundial, mientras que los no residentes solo declaran los bienes y derechos situados en España.
¿Qué ha dicho el Tribunal Supremo?
La exclusión del límite para los no residentes generaba una diferencia de trato que el Tribunal Supremo ha considerado contraria al principio de igualdad y no discriminación. El Alto Tribunal señala que la residencia no puede ser un obstáculo para aplicar el límite, máxime cuando existen mecanismos para conocer la renta mundial del contribuyente mediante normativa europea y convenios internacionales.
¿Qué implica esta decisión?
A raíz de estas sentencias, los no residentes obligados a presentar el Impuesto sobre el Patrimonio también pueden aplicar el límite del artículo 31 LIP. Esto supone un alivio frente a situaciones en las que el impuesto podía resultar desproporcionado respecto a la renta obtenida.
¿Por qué es relevante si eres no residente?
Porque si has pagado el Impuesto sobre el Patrimonio en los últimos años siendo no residente, esta interpretación abre la puerta a revisar tu situación y, en su caso, recuperar parte de lo abonado. Es una oportunidad para corregir un criterio que hasta ahora generaba desigualdad.
En Cabrera Rodríguez ETL GLOBAL seguimos de cerca estas novedades para ofrecer información clara y actualizada. Si tienes dudas sobre cómo puede afectarte, contáctanos para valorar posibles acciones.

