La RIC podrá destinarse a vivienda en alquiler residencial en Canarias: una nueva vía para impulsar el mercado habitacional

Jul 23, 2025 | Actualidad

El Congreso de los Diputados aprobó el pasado 22 de julio de 2025 la proposición de ley que modifica la Ley 19/1994, de 6 de julio, sobre el Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF). Esta reforma introduce una novedad significativa: la posibilidad de materializar la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC) en inmuebles destinados al alquiler residencial de larga duración.

Esta medida busca fomentar la inversión privada en vivienda habitual, ofreciendo importantes incentivos fiscales. Las empresas y autónomos podrán reinvertir sus beneficios en la compra, rehabilitación o construcción de viviendas, con deducciones de hasta el 90% en el Impuesto sobre Sociedades o del 80% en el IRPF, siempre que los inmuebles se destinen al arrendamiento residencial por un mínimo de cinco años.

 

Condiciones clave para acogerse a esta nueva modalidad de la RIC

La ley establece requisitos estrictos para garantizar que estas inversiones realmente contribuyan a ampliar la oferta de vivienda en Canarias:

  • Actividad económica real: El arrendamiento debe constituir una actividad económica, lo que implica contar con al menos un empleado a jornada completa dedicado exclusivamente a esta actividad.
  • Inmuebles nuevos en el mercado de alquiler: Las viviendas no deben haber estado alquiladas en los 12 meses previos a la inversión.
  • Exclusión del uso turístico: No se permite el alquiler vacacional ni por temporadas. Solo se admite el arrendamiento residencial de larga duración.
  • Plazo de puesta en alquiler: El inmueble debe estar efectivamente alquilado en un plazo máximo de seis meses desde su adquisición o desde la finalización de las obras.
  • Sin vínculos personales o societarios: El arrendador no podrá tener relación familiar ni empresarial con el inquilino.
  • Compromiso de permanencia: La inversión deberá mantenerse durante al menos cinco años.

 

Alquiler con opción a compra: una oportunidad para los inquilinos

Como elemento innovador, la reforma permite que los contratos de arrendamiento incluyan una opción de compra. Esto significa que, tras un mínimo de cinco años de alquiler, los inquilinos podrán adquirir la vivienda a un precio previamente pactado, facilitando el acceso a la propiedad.

 

Próximos pasos

Aunque la proposición de ley ha sido aprobada, aún está pendiente la publicación del texto definitivo en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Una vez publicado, se podrá analizar con mayor detalle su aplicación práctica y resolver posibles dudas sobre su implementación.

Seguiremos atentos a las novedades legislativas para ofrecerles información actualizada y asesoramiento personalizado sobre cómo aprovechar esta nueva oportunidad de inversión en nuestras islas.

 

Cristina Suárez Acosta

Carlos Manrique de Lara Correa

Abogado en CABRERA RODRIGUEZ ETL GLOBAL

 

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